jueves, 4 de julio de 2013

MESA NEGOCIADORA III C.C. TCPS AIR EUROPA

En el día de ayer tuvo lugar una nueva reunión con la Empresa para dar continuidad a la negociación del III Convenio de T.C.P.'s de Air Europa.

SITCPLA presentó a la Empresa su plataforma consistente en la base del II C.C. de Tcps y con la adhesión de CCOO.

Por nuestra parte se ha aportado una plataforma muy completa, fruto de muchos meses de trabajo, elaborada a partir de la plataforma presentada por la empresa que como recordareis estaba vacía de contenido, donde hemos añadido todo lo recogido en el II C.C de tcps, desarrollando cada articulo de una manera mas detallada con el fin de no dejar ningún fleco en el aire de aquellos artículos que han dado lugar a errores varios de interpretación o retribución, hemos introducido porcentajes superiores para los contratos indefinidos y un nuevo tipo de contratación que es la de FIJO-DISCONTINUO con el fin de intentar dar una salida a la inseguridad laboral de todos los Tcps eventuales. De igual forma hemos regulado artículos recopilando y adaptando al colectivo de Tcps de Air Europa la regulación de diferentes compañías bandera del sector tanto nacionales como internacionales, también hemos tenido en cuenta las normativas nacionales y europeas de limitaciones y tiempos de vuelo, adaptándolas de manera personalizada a nuestro colectivo, logrando de esta manera una plataforma pulida y muy elaborada de la que nos sentimos muy satisfechos.

Los puntos tratados inicialmente en esta reunión con el correspondiente debate y pendientes de llegar a algún acuerdo en futuras reuniones por la discrepancia de las partes en alguno de ellos fueron:

  • Artículo 2.7 "Legislación y reglamentos internos"
  • Artículo 3.1 "Definición de funciones".
  • Artículo 3.4 "Nombramiento de Sobrecargo. Cargo de confianza".
  • Artículo 3.5. "Regulación de empleo":
  • Artículo 5.1. "Base administrativa y operativa. Movilidad geográfica".

La parte social ha solicitado una vez mas a la Empresa un acuerdo antes del próximo 8 de julio con el fin de prorrogar el II Convenio mientras se negocia uno nuevo, a lo que la parte empresarial ha manifestado su reserva por el momento a manifestarse sobre este tema .

Para vuestra información seguiremos con las negociaciones el próximo 11 de julio de 2013.

Por otro lado os resumimos la resolución de la CCNCC (Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos), y consistente en:

  • La aplicación de una reducción del 8,47% de los conceptos retributivos fijos, sin efecto sobre las variables y en ningún caso con carácter retroactivo.
  • Inaplicación del complemento de Incapacidad Temporal derivado de contingencias comunes y laborales.
  • Esta medida se mantiene desde el día 28 de Junio, hasta la vigencia del II Convenio Colectivo, es decir, el 07 de julio de 2013.
  • Así mismo compromete a la Empresa a actualizar las tablas salariales para poder implementar este descuelgue sobre ciertos artículos de nuestro Convenio.

Como el recurso es posible, ya os podemos adelantar que esta Sección Sindical ya esta realizando todos los tramites para impugnar esta decisión.

Quedamos como siempre a vuestra entera disposición para cualquier aclaración que preciséis.

Recibir un cordial saludo y buenos vuelos.

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