viernes, 30 de octubre de 2015

TCP's: TEMAS VARIOS

SORTEO NAVIDAD PERNOCTAS FUERA DE BASE E IMAGINARIAS 29 de octubre:

En el día de hoy ha tenido lugar en las instalaciones de Llucmajor el sorteo de navidad correspondiente a las pernoctas fuera de base y las imaginarias comprendidas entre el 24 - 25 de diciembre y 31 de diciembre y 1 de enero de 2016, de las bases de MAD y PMI, no habiendo pernoctas en el resto de bases.

El procedimiento para su asignación ha sido el siguiente:

  1. Sortear las pernoctas fuera de base entre aquellos que han mostrado su preferencia por las mismas, respetando las solicitudes realizadas por los Tcps de librar en navidad o noche vieja/año nuevo.
  2. Una vez terminada la primera fase, todavía quedaban pernoctas fuera de base por cubrir, por lo que se ha procedido a asignar las mismas a aquellos Tcp's que manifestaron volar fuera de base en las dos fechas.
  3. Con el resto de pernoctas que aun quedaban por cubrir tras la primera y segunda fase, se ha procedido a cubrir por asignación forzosa siguiendo el criterio establecido en III C.C de Tcp's, es decir por orden inverso de escalafón.

Con el fin de facilitar la solicitud de días libres para el mes de diciembre, el listado de los vuelos asignados por sorteo de pernoctas fuera de base e imaginarias, se publicará antes del día 1 de noviembre.

COMISIÓN DE EMPLEO , 10 de noviembre:

Se ha propuesto adelantar la reunión de la Comisión de Seguimiento de Empleo que estaba prevista para el día 19 de noviembre, trasladándola al día 10, a expensas de la confirmación de todas las partes y en la que se trataran temas como la situación actual de las contrataciones de los indefinidos a tiempo parcial y la previsión de la transformaciones de los indefinidos de tiempo parcial a tiempo completo, según se establece en la Transitoria Cuarta del III C.C. De Tcp's.

A su vez, la empresa ha procedido a manifestar su interés por tratar otros asuntos en el seno de la misma, los cuales se detallan a continuación:

  • Sentencia del Tribunal Supremo que anula la decisión de la CCNCC sobre la inaplicación y que avala la decisión de la Audiencia Nacional tras la demanda instada por este sindicato. Suponemos que la empresa desea tratar los términos en los que se va a proceder a la devolución de las cantidades inaplicadas al colectivo de Tcp's desde junio de 2013 hasta mayo de 2015, que como todos sabéis fue sobre el 8.47% de los conceptos salariales excluyendo las dietas y el complemento por Incapacidad Temporal.
  • Sentencia del Tribunal Supremo sobre las Horas de vuelo 1 del personal que era eventual y que se les dejó de abonar el prorrateo de horas cuando no trabajaban los meses completos, por inicio o finalización de contrato.
  • Problemática con las habilitaciones por la llegada de nuevos modelos de aviones y ante la situación de no poder estar habilitados con tantos tipos de licencias, la empresa plantea hablar sobre este asunto y establecer un criterio sobre flotas, por este motivo se pondrán sobre la mesa diferentes propuestas por ambas partes:

AUDIENCIA NACIONAL 2 de diciembre :

CONTRATACIÓN DE PERSONAL DE NUEVO INGRESO E INCUMPLIMIENTO DE LA TRANSITORIA CUARTA DEL CONVENIO Y EL ART. 4.1

Ya tenemos citación de la Audiencia Nacional para el día 2 de diciembre sobre la demanda por conflicto colectivo presentada conjuntamente por USO y SITCPLA, sobre la contracción de personal de nuevo ingreso extracomunitari@s y por el incumplimiento del convenio en su art.4.1 y la transitoria cuarta del III C.C de Tcp's. donde se fijan los criterios sobre contratación de nuevo personal y las transformaciones de los Tcp's indefinidos a tiempo parcial, en contratos indefinidos de 360 días.

Como veréis son muchos lo temas a tratar y sobre los que trabajar, de los mismos os seguiremos informando puntualmente como siempre

SECCIÓN SINDICAL USO AIR EUROPA

29 de octubre de 2015

sábado, 17 de octubre de 2015

SENTENCIA DELTRIBUNAL SUPREMO INAPLICACIÓN TCP's AIR EUROPA

En el link adjunto encontrareis la sentencia íntegra del Tribunal Supremo. Estamos muy satisfechos con la misma, puesto que supone no solo la confirmación de la nulidad de la bajada de sueldo a los tripulantes de cabina de Air Europa, avalando la sentencia dictada por la Audiencia Nacional el 9 de diciembre de 2013, instada por el Sindicato USO, si no también una vuelta de tuerca a las facultades y criterios esgrimidos por la Comisión Consultiva Nacional de Convenios (CCNCC).
La sentencia de la Sala de lo Social, destaca el carácter subsidiario de la actuación de la CCNCC, que en el procedimiento de inaplicación de convenios, sólo puede intervenir cuando fracasen los sucesivos cauces que con carácter previo y preceptivo deba seguir el empresario y los representantes de los trabajadores para resolver la discrepancia por ellos mismos o por los medios de autocomposición fijados mediante la autonomía colectiva.
En este sentido, indica que la subsidiariedad “exige que los previos escalones o requisitos se hayan superado con suficiencia” y añade que sólo es posible instar el pronunciamiento de terceros cuando ha fracasado una negociación colectiva verdadera.
Queremos felicitar al Gabinete Jurídico de USO y a nuestros delegados implicados en este largo proceso, ya que desde que se planteó la primera inaplicación en octubre de 2013, mantuvo en todo momento que las causas para a rebajarnos el salario no concurrían, a diferencia de CCOO que a toda costa pusieron sobre la mesa todo tipo de propuestas que precisamente no beneficiaban al colectivo, pues a su entender el mismo debería hacer "sacrificios" para colaborar con la "presunta mala situación" de la Empresa.
Estamos muy cansados de que CCOO se aproveche del trabajo ajeno, en vez de reconocer la labor de sus compañeros, ya que si hubiéramos desistido durante la negociación de la inaplicación de determinadas condiciones salariales del II C.C, manteniendonos firmes en la postura de que no concurrían las causas para inaplicarnos o si no hubiésemos presentado la demanda con tanta celeridad el 30 de julio de 2013 a diferencia de otros, hoy nuestro salario seguiría recortado y no lo podríamos estar celebrando.
Os invitamos a leer la sentencia, y es por este motivo por el que os facilitamos el link de la misma en su integridad tras haberla recibido por correo ordinario en el día de ayer, a diferencia de otros, no teniendo nada que ocultar.
En breve os indicaremos los pasos a seguir para que la sentencia se haga efectiva.
Un saludo a todos.
SECCIÓN SINDICAL USO AIR EUROPA
17 de Octubre de 2015