martes, 24 de mayo de 2011

A TODOS LOS TCPS - USO INFORMA SOBRE LA REUNION PARITARIA DEL 13 DE MAYO

USO INFORMA A TODOS LOS TCP'S:

ULTIMA REUNION PARITARIA 13 DE MAYO DE 2011

Compañer@s,

El pasado día 13 de mayo nos reunimos con la empresa en una reunión paritaria de interpretación y seguimiento del II convenio de Tcp's, en la que se trataron los siguientes temas:

  1. Tcp's a jornada completa con una limitación de 50 horas: Como todos ya sabéis la programación de los tcp acogidos a 50 horas sufrió una variación en cuanto a los días LN en la programación de mayo, provocando que tuvieran la programación más inestable del colectivo de tcps. En esta reunión se ha acordado buscar una solución antes del 5 de julio beneficiosa y favorable para ambas partes, sin perder la esencia de esta limitación. La empresa se ha comprometido a reprogramar los LN hasta el mes de julio inclusive.


     

  2. Destacamentos: Le hemos transmitido a la empresa nuestra disconformidad, ya que como se ha venido haciendo en convocatorias anteriores de destacamento voluntarios, se debe respetar el escalafón, según lo establecido en el artículo 5.1.2. del II CC en vigor, por lo que consideramos que en el último destacamento voluntario a ACE no se ha respetado lo pactado en convenio, ya que se han dado algunos casos de Tcp`s que cumpliendo con los requisitos, no se les ha permitido optar a dicho destacamento independientemente de su función por necesidades de producción en la base de MAD. Nosotros entendemos que la convocatorias son PARA TODOS LOS TCP'S con independencia de la habilitación o no de SB. Este tema lo vamos a denunciar ante al SIMA con el fin de que un árbitro lo resuelva.


     

  3. Absentismo: Tras la manifestación de la empresa de que el índice de absentismo ha aumentado significativamente, USO expone que nunca se ha presentado un informe sobre los absentismos en el comité de seguridad y salud, por lo que no tenemos datos objetivos para contrastar dicha manifestación. Les trasladamos que dicho aumento ha podido venir dado por el cambio de las condiciones de trabajo habida en los últimos años en el colectivo de Tcp's. En ningún caso estamos de acuerdo con las medidas adoptadas por la Empresa de sancionar y descontar de la nomina los días de indisposición, por lo que os informamos que a todos los que os hayan descontando de la nómina algún día de trabajo (SOLO EN LOS CASOS DE INDISPOSICION), habiendo presentado parte médico facultativo de hasta 72 horas, podéis reclamar a la empresa dicho importe para su devolución. Estas reclamaciones de cantidad solo se podrán reclamar por partes anteriores a la publicación de la nueva circular operativo Ref: MH-04/11. A día de hoy estamos realizando las consultas pertinentes a la Seguridad Social para verificar la legalidad de dicha circular


     

  4. Base administrativa y base operativa. Ante las continuas interpretaciones varias que la empresa hace sobre este articulo del convenio (art.5.1.1.), la USO solicita a la empresa que interprete que es lo que entiende ella por "base" a lo que manifiesta y recuerda que "base" es el centro de trabajo del Tcp y que "figura en el contrato de trabajo del tcp como su residencia habitual y desde la que normalmente se programan los servicios" y sobre "base operativa", que entiende que es "Lugar donde un tcp se encuentra en régimen de permanencia, en las situaciones de destacamento, residencia o destino. Desde nuestra parte mantenemos que tanto para los art. 5.1 (base y base operativa) y el art. 5.13 (flotas), ampara la existencia de dos bases diferentes, por un lado la base principal o administrativa y por otro lado la base operativa, tal y como venia interpretando la empresa durante todos estos años y como razona la Inspección de trabajo en su escrito de 6 de septiembre de 2010.


     

  5. Plus Alimenticio. Le hemos presentado a la empresa diversos informes en los que el plus alimenticio (PALI) no se está abonando como se venía haciendo habitualmente según lo pactado en convenio. Desde hace 6 meses a esta parte dicho plus no se genera en el horario acordado y en su lugar están subiendo comidas. En varias reuniones anteriores tenemos constancia por escrito de que la empresa reconoce que este error radica en el programa informático y que se comprometía a subsanar dicho error informático para que en el pago del PALI no se tuviera en cuenta los 30 minutos después de calzos, algo que en su día se subsano y otra vez se vuelve a generar el error. La empresa expone que se revisara la situación descrita, y nosotros en el caso de que dicho error no se subsane a la mayor brevedad posible, adoptaremos las medidas que consideremos necesarias.

Estos han sido todos los temas tratados por lo que os agradeceríamos que continuarais haciéndonos llegar todos vuestros informes y comentarios con el fin de poder ir resolviendo los conflictos con los que nos encontramos día a día. En el caso de que las cosas nos se vayan resolviendo coherentemente y en un entorno de dialogo, no cesaremos en denunciar todo los incumplimientos para hacer valer nuestros derechos sin permitir ningún atropello o coacción.

Gracias a todos y os seguiremos informando.

Sección Vuelo / USO-AIR EUROPA

1 comentario:

  1. Sobre el tema INDISPOSICIONES la empresa debería aclarar la información incluida en la circular MH-04/11 donde se exigen unos procedimientos no siempre compatibles con el funcionamiento de la Seguridad Social.
    1-quien puede emitir el requerido "parte médico de consulta" es SOLO el médico de cabecera que NO SIEMPRE nos puede atender el día que estamos indispuestos. A veces hay que esperar hasta una semana para conseguir cita.
    2-cuando por fin nuestro médico de cabecera pueda darnos cita si se trata de un día con servicio ya programado, tenemos derecho a ser relevados del servicio para acudir al médico? Se puede dar la paradoja que para justificar UN día de indisposición se pierdan DOS días de trabajo.
    3-si acudimos a urgencias hasta que pueda atendernos nuestro médico, allí sólo emiten un "informe de visita" donde el médico puede incluir reposo pero NO SU DURACIÓN.
    4-el "informe de visita de urgencias" no se debe entregar a la empresa como justificante porque incluye información de la enfermedad que es confidencial.

    En mi caso luego de pasar por urgencias seguí trabajando hasta que pudiera ver a mi médico de cabecera 5 días después pero empeoró mi estado de salud durante un vuelo y casi acabo ingresado.

    Mi indisposición se transformó en baja, han pasado 90 días y todavía no estoy recuperado. Es difícil probar hasta que punto mi enfermedad se complicó por intentar cumplir con los procedimientos de AEA para prevenir el absentismo pero me temo que tanta presión empresarial puede acabar provocándolo en lugar de prevenirlo.

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