03/01/2014
Nos es grato haceros participes de otra sentencia recibida en el día de ayer favorable para una Tcp de Air Europa, afiliada a USO y lograda una vez mas gracias al magnifico trabajo de nuestro gabinete jurídico.
Los hechos se remontan al ERE de AIR EUROPA del 2012, en la que esta TCP al igual que otros 21 tcps se vieron inmersos en un ERE. USO defendió en todo momento de que no se trataba de una extinción del puesto de trabajo sino que se trataba de un cierre de base.
Tras La firma del ERE, se llevo a cabo el cierre de la base de SCQ y se procedió a trasladarles a MAD con las condiciones que se recogen el articulo 5.1.1.3. de nuestro convenio. La empresa aun conociendo el acuerdo recogido en el ERE y firmado por ellos mismos , denegó el pago de los 7 días de hotel por traslado que les correspondían a estos TCP, teniendo nuestra afiliada que abonarlo de su propio bolsillo. Desconocemos si el resto de tcps de la base de SCQ se encontraron en la misma situación, pero lo que si sabemos es que quien lucha por sus propios intereses siempre tiene su recompensa, y este es el caso de nuestra afiliada, que decidió a titulo personal interponer una demanda a través de nuestro gabinete jurídico, reclamando lo que le correspondía. Una vez mas la justicia nos da la razón y obliga a AIR EUROPA a abonarle los gastos ocasionados, así como un 10% por las "molestias causadas".
Para aquellos que piensan que no hacemos nada y como nota aclaratoria, os indicamos que aquellas cuestiones que no sean por conflicto colectivo, es decir, todas aquellas correspondientes a reclamaciones de cantidad, contratación, salarios, etc COMPETE EXCLUSIVAMENTE A CADA TCP LA DECISIÓN DE INTERPONER DEMANDA A TITULO INDIVIDUAL.
Al igual que hemos hecho en ocasiones anteriores, hemos puesto y ponemos a disposición de cada tcp, el despliegue humano y jurídico para poder resolver todas estas cuestiones en los foros correspondientes, PERO ES EL PROPIO TCP QUE TIENE QUE TENER LA VALENTIA DE HACERLO EN SU PROPIO NOMBRE, DEL MISMO MODO QUE EN DIFERENTES OCASIONES LO HICIERON NUESTROS AFILIADOS/AS TCPS POR DIFERENTES CUESTIONES, siendo todas favorables para estos/as.
Quizás por desconocimiento no sepáis que la vía legal es la que es, y que nosotros como SINDICATO al igual que el resto, NO podemos interponer demandas a titulo INDIVIDUAL, solamente las que corresponden a un conflicto colectivo. No os dejéis engañar por los que presumen de que os van a solucionar vuestra situación, ellos como nosotros sabemos cuales son las vías legales, así como lo que legalmente a titulo individual se puede demandar y lo que no.
Cuantas mas demandas individuales se interpongan mas peso tendrán, nosotros como siempre ponemos a vuestra disposición nuestra experiencia para acompañaros y asesoraros durante todo el proceso.
Todos los afiliados tenéis a vuestra disposición a los delegados/as y al gabinete jurídico para cualquier consulta que queráis realizar
Podéis contactar con nosotros a través de los delegados/as de las diferentes bases o por email, como siempre todos lo temas serán tratados con rigurosa confidencialidad:
usomadrid@gmail.com / usopmi@gmail.com. / usobcn@gmail.com
Podeis leer la sentencia completa pinchando en este enlace.
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