Se recuerda a todos los trabajadores de tierra no sujetos a turnos, que la jornada de trabajo para el 2.010 es la siguiente:
Horas máximas trabajadas anuales : 1.752
Días vacaciones: 22 días laborables
Días adicionales convenio:
Aquellas personas que no realizan la jornada de verano o tengan una reducción de jornada, dispondrán de 3 días adicionales.
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