Os informamos del resultado de las elecciones de Air Europa que tuvieron lugar el pasado 24 de octubre en LPA.
USO 2 delegados
SEPLA 2 delegados
SITCPLA 3 delegados
CCOO 1 delegado
ASETMA 1 delegado
Desde aquí queremos agradecer a todos la confianza depositada en nuestra organización, con el ánimo de seguir trabajando para defender los derechos de los trabajadores.
viernes, 28 de octubre de 2011
miércoles, 19 de octubre de 2011
LA EMPRESA DENUNCIA EL II CONVENIO COLECTIVO DE TRIPULANTES DE CABINA DE PASAJEROS DE AIR EUROPA
Buenos días compañer@s:
PARA VUESTRA INFORMACIÓN Y ANTES DE QUE LOS RUMORES CORRAN COMO LA PÓLVORA, OS INFORMAMOS DE QUE LA EMPRESA CON FECHA DE 18 DE OCTUBRE DE 2011 NOS HA COMUNICADO QUE DENUNCIABA EL II CONVENIO COLECTIVO TRIPULANTES DE CABINA DE PASAJEROS DE AIR EUROPA.
EL TERMINO DENUNCIA, SIGNIFICA QUE, SE INICIARÁ EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE UN NUEVO CONVENIO PARA EL COLECTIVO.
MIENTRAS QUE NO SE FIRME UN CONVENIO NUEVO, EL CONVENIO APLICABLE ES EL VIGENTE, ES DECIR, EL II CONVENIO COLECTIVO DE TRIPULANTES DE CABINA DE PASAJEROS DE AIR EUROPA .
http://www.usosectoraereo.com/DOCUMENTOS_L/LEGISLACION/CONVENIOS%20EMPRESAS/AIR%20EUROPA/BOEAAA2009A3942%20%20CC%20AIR%20EUROPA_TCPAS_2009.PDF
OS MANTENDREMOS INFORMADOS DE CUALQUIER NOVEDAD QUE SURJA.
Un saludo,
PARA VUESTRA INFORMACIÓN Y ANTES DE QUE LOS RUMORES CORRAN COMO LA PÓLVORA, OS INFORMAMOS DE QUE LA EMPRESA CON FECHA DE 18 DE OCTUBRE DE 2011 NOS HA COMUNICADO QUE DENUNCIABA EL II CONVENIO COLECTIVO TRIPULANTES DE CABINA DE PASAJEROS DE AIR EUROPA.
EL TERMINO DENUNCIA, SIGNIFICA QUE, SE INICIARÁ EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE UN NUEVO CONVENIO PARA EL COLECTIVO.
MIENTRAS QUE NO SE FIRME UN CONVENIO NUEVO, EL CONVENIO APLICABLE ES EL VIGENTE, ES DECIR, EL II CONVENIO COLECTIVO DE TRIPULANTES DE CABINA DE PASAJEROS DE AIR EUROPA .
http://www.usosectoraereo.com/DOCUMENTOS_L/LEGISLACION/CONVENIOS%20EMPRESAS/AIR%20EUROPA/BOEAAA2009A3942%20%20CC%20AIR%20EUROPA_TCPAS_2009.PDF
OS MANTENDREMOS INFORMADOS DE CUALQUIER NOVEDAD QUE SURJA.
Un saludo,
lunes, 3 de octubre de 2011
NUEVA BAJADA DE SOBRECARGOS EN TFS/BCN/PMI
Compañer@os,
El pasado día 30 de septiembre tuvimos noticias de que se estaban bajando SB en la base de BCN y en PMI, inmediatamente nos pusimos en contacto via email con Jefatura de Tcps para que nos informasen al respecto, y en el día de hoy desde Jefatura la respuesta ha sido que se ha procedido a realizar una nueva bajada de SB en las bases de Tenerife, Barcelona y Palma, por descenso de operativa.
Los datos facilitados por la Empresa han sido los siguientes:
BCN: Bajada de 17 Sb’s(10 Reales/Operativos). Quedan 14 Sb’s en BCN.
TFS: Bajada de 5 Sb’s(3 Reales/Operativos). Quedan 17 Sb’s en TFS.
PMI: Bajada de 11 Sb’s(7 Reales/Operativos). Quedan 36 Sb’s en PMI.
AGP: Subida de 6 Sb’s.
Ante el malestar de algunos SB informandonos de que desde Jefatura no se os haya ofrecido un cambio de base voluntario, os recordamos que este punto está regulado por convenio y, que aquellos que deseis continuar volando como SB, podreis solicitar un cambio de base voluntario, en las condiciones que se recogen en el artículo 5.1.1.2. siempre y cuando haya vacante de SB en alguna de las bases solicitadas.
Un saludo,
El pasado día 30 de septiembre tuvimos noticias de que se estaban bajando SB en la base de BCN y en PMI, inmediatamente nos pusimos en contacto via email con Jefatura de Tcps para que nos informasen al respecto, y en el día de hoy desde Jefatura la respuesta ha sido que se ha procedido a realizar una nueva bajada de SB en las bases de Tenerife, Barcelona y Palma, por descenso de operativa.
Los datos facilitados por la Empresa han sido los siguientes:
BCN: Bajada de 17 Sb’s(10 Reales/Operativos). Quedan 14 Sb’s en BCN.
TFS: Bajada de 5 Sb’s(3 Reales/Operativos). Quedan 17 Sb’s en TFS.
PMI: Bajada de 11 Sb’s(7 Reales/Operativos). Quedan 36 Sb’s en PMI.
AGP: Subida de 6 Sb’s.
Ante el malestar de algunos SB informandonos de que desde Jefatura no se os haya ofrecido un cambio de base voluntario, os recordamos que este punto está regulado por convenio y, que aquellos que deseis continuar volando como SB, podreis solicitar un cambio de base voluntario, en las condiciones que se recogen en el artículo 5.1.1.2. siempre y cuando haya vacante de SB en alguna de las bases solicitadas.
Un saludo,
II CONVENIO DEL COLECTIVO DE TRABAJADADORES DE TIERRA DE AIR EUROPA LÍNEAS AÉREAS.
COMPAÑER@S
OS INFORMAMOS DE QUE LA EMPRESA CON FECHA DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011 NOS COMUNICÓ QUE DENUNCIABA EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJADORES DE TIERRA (EXCEPTO TÉCNICOS DE MANTENIMIENTO AERONÁUTICO).
EL TERMINO DENUNCIA, SIGNIFICA QUE A PARTIR DE ENERO DEL 2012, SE INICIARÁ EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE UN NUEVO CONVENIO PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADORES DE TIERRA (EXCEPTO TÉCNICOS DE MANTENIMIENTO AERONÁUTICO).
MIENTRAS QUE NO SE FIRME UN CONVENIO NUEVO, EL CONVENIO APLICABLE ES EL VIGENTE, ES DECIR, EL II CONVENIO COLECTIVO DE AIR EUROPA PARA SU PERSONAL DE TIERRA, EXCEPTO TÉCNICOS DE MANTENIMIENTO AERONÁUTICO.
http://www.usosectoraereo.com/DOCUMENTOS_L/LEGISLACION/CONVENIOS%20EMPRESAS/AIR%20EUROPA/II%20CC%20AIR%20EUROPA%20TIERRA_BOE.PDF
OS MANTENDREMOS INFORMADOS DE CUALQUIER NOVEDAD QUE SURJA.
OS INFORMAMOS DE QUE LA EMPRESA CON FECHA DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011 NOS COMUNICÓ QUE DENUNCIABA EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJADORES DE TIERRA (EXCEPTO TÉCNICOS DE MANTENIMIENTO AERONÁUTICO).
EL TERMINO DENUNCIA, SIGNIFICA QUE A PARTIR DE ENERO DEL 2012, SE INICIARÁ EL PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE UN NUEVO CONVENIO PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADORES DE TIERRA (EXCEPTO TÉCNICOS DE MANTENIMIENTO AERONÁUTICO).
MIENTRAS QUE NO SE FIRME UN CONVENIO NUEVO, EL CONVENIO APLICABLE ES EL VIGENTE, ES DECIR, EL II CONVENIO COLECTIVO DE AIR EUROPA PARA SU PERSONAL DE TIERRA, EXCEPTO TÉCNICOS DE MANTENIMIENTO AERONÁUTICO.
http://www.usosectoraereo.com/DOCUMENTOS_L/LEGISLACION/CONVENIOS%20EMPRESAS/AIR%20EUROPA/II%20CC%20AIR%20EUROPA%20TIERRA_BOE.PDF
OS MANTENDREMOS INFORMADOS DE CUALQUIER NOVEDAD QUE SURJA.
lunes, 26 de septiembre de 2011
PROGRAMACION MES DE OCTUBRE 2011
Compañer@s: Os informamos que Direccion de Produccion no has informado de que la programación del mes de Octubre será en un principio quincenal por motivos de cambios de planning de comercial, adjunto el email recibido el día 23 de septiembre.
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Estimados Sres.
Debido a cambios en el planning comercial(HAJJ/11), nos vemos obligados a publicar quincenalmente la programación de Octubre de 2011.
Atentamente,
Dirección de Producción
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Estimados Sres.
Debido a cambios en el planning comercial(HAJJ/11), nos vemos obligados a publicar quincenalmente la programación de Octubre de 2011.
Atentamente,
Dirección de Producción
AFILIATE CON LA USO - CAMPAÑA DE AFILIACIÓN
¿POR QUÉ ELEGIRNOS?
• Porque somos el sindicato con más implantación en Air Europa (43% del total de delegados sindicales) y Groundforce.
• Porque somos independientes, no recibimos subvenciones del Gobierno, nos autofinanciamos con las cuotas sindicales.
• Porque hemos negociado los dos convenios de Vuelo y Tierra de Air Europa y estamos en las Comisiones de Interpretación y Seguimiento de los mismo.
• Porque tenemos representación a nivel internacional en la European Transport Federation (ETF) y la International Transport Federation (ITF) con una TCP de Air Europa (son los foros donde se negocian normativas/leyes europeas sobre TIEMPOS DE DESCANSO Y ACTIVIDAD PARA TRIPULANTES Y SUBROGACIÓN DE GROUND HANDLING).
• Porque te ofrecemos seguros de salud con AXA SEGUROS, a precios de colectivo.
• Porque te ofrecemos seguros de Incapacidad Temporal con DKV, a los precios más baratos del mercado.
• Porque te ofrecemos asesoría jurídica gratuita en todas las bases.
• Porque te ofrecemos beneficios y descuentos en tiendas (dependiendo de cada Unión Territorial).
• Porque tenemos implantación en todos los sectores y si eres eventual y trabajas en varias empresas que realizan actividades que no tienen que ver con aviación, la misma afiliación te cubre para cualquier consulta.
• Porque si estás en paro o fuera de contrato, la cuota se reduce a la mitad.
¡ VEN CON NOSOTROS. JUNTOS GANAMOS MÁS !
Cuotas Sindicales MENSUALES año 2011:
TRABAJADORES EN ACTIVO 12.15 EUROS
TRAJADORES EN SITUACION DE DESEMPLEO COBRANDO PRESTACION 5.40 EUROS
*Contacta con tus delegados sindicales o rellena el formulario del link adjunto.
http://www.usosectoraereo.com/index.php?option=com_jforms&view=form&id=3&Itemid=57
jueves, 22 de septiembre de 2011
CONTRATACIONES DE TCPS CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 10/2011 "MEDIDAS DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN"
Os informamos que esta sección sindical lleva varias semanas solicitando a la empresa información de cuales son las medidas que van adoptar con la entrada en vigor de la nueva ley 10/2011 "MEDIDAS DE FOMENTO DE LA CONTRATACION" y como afectará a las CONTRATACIONES DE LOS TCPS de AEA. A continuación adjuntamos el email recibido por parte de la empresa en el dia de ayer sobre este tema.
Un saludo a todos
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Apreciados/as Sres./as:
Mediante el presente correo electrónico les comunicamos que la empresa comenzará a aplicar el capítulo II del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, bajo su epígrafe “Medidas de fomento de la contratación”, y en particular, en materia relativa a la suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, el próximo mes de enero de 2012. De tal forma que, a partir de la fecha indicada (enero 2012) aquellos TCP a quienes resulte de aplicación la norma de referencia y su actual reforma, que no estén en esos momentos de alta en la empresa (prestando servicios en la misma), por estar dentro de su período de inactividad como eventual de un año (período de referencia hasta ese momento), podrán ver adelantada su incorporación en la compañía a la fecha en que hayan transcurrido seis meses del citado período de inactividad.
Lo que ponemos en su conocimiento para su mejor entendimiento de la situación.
Atentamente.
Un saludo a todos
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Apreciados/as Sres./as:
Mediante el presente correo electrónico les comunicamos que la empresa comenzará a aplicar el capítulo II del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, bajo su epígrafe “Medidas de fomento de la contratación”, y en particular, en materia relativa a la suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, el próximo mes de enero de 2012. De tal forma que, a partir de la fecha indicada (enero 2012) aquellos TCP a quienes resulte de aplicación la norma de referencia y su actual reforma, que no estén en esos momentos de alta en la empresa (prestando servicios en la misma), por estar dentro de su período de inactividad como eventual de un año (período de referencia hasta ese momento), podrán ver adelantada su incorporación en la compañía a la fecha en que hayan transcurrido seis meses del citado período de inactividad.
Lo que ponemos en su conocimiento para su mejor entendimiento de la situación.
Atentamente.
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